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¿Quién es un Detective Privado? es aquella persona física legalmente capacitada que realiza investigaciones de carácter confidencial para personas físicas o jurídicas. Es un profesional cualificado para la obtención de datos y pruebas de interés que aportará y ratificará en los tribunales. La Ley exige la disposición de una Licencia Oficial de Detective Privado, emitida por el Ministerio del Interior a aquellos que reúnan los requisitos exigidos por la Ley, entre los que se incluye una diplomatura universitaria de 3 años de duración.

El Tribunal Supremo define a los detectives privados como testigos privilegiados (STS 6-11-90).  y añade que «el testimonio emitido por los detectives privados tiene, a favor de su veracidad. No sólo la garantía de profesionalidad exigible y en principio también presumible, en una profesión reglamentada legalmente, sino también de la que, de modo innegable, proporciona la precisa y continuada dedicación al objeto del ulterior testimonio a emitir y las complementarias acreditaciones gráficas o sonoras de que puede ir acompañada».

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera legal que un organismo público contrate a detectives privados para investigar a sus funcionarios públicos durante su horario laboral, ya que ello no vulnera el derecho a la intimidad». (STS 12-05-98). Obligaciones del Detective Privado. El Detective Privado tiene la obligación para el ejercicio de su profesión de poseer la Tarjeta de Identidad que expide el Ministerio del Interior e inscribirse en un Registro Especial de la Dirección General de la Policía. La Agencia, MERCHÁN detectives Marbella, opera con licencia D.G.P 2576.

Los detectives privados están obligados a guardar riguroso secreto de las investigaciones que realicen y no podrán facilitar datos sobre éstas más que a las personas que se las encomienden y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones. Presentación del Informe y Ratificación Judicial Los detectives privados presentan sus informes redactando por escrito todas las incidencias, datos y hechos que averigüen, aportando los documentos o presupuestos que hubieren conseguido, adjuntando un reportaje fotográfico y las grabaciones en vídeo que se hayan realizado, de tal manera que quede acreditadas la fecha y la hora en cada una de las imágenes.

Hay que destacar que los informes que realizan estos profesionales son objetivos e imparciales, no estando vinculados por el encargo del cliente. La ratificación judicial es siempre obligatoria en los casos en que el informe se presente en juicio o procedimiento judicial. El Detective Privado como medio probatorio. Los requisitos necesarios para que la utilización del informe en el acto del juicio y su ratificación judicial sean admitida y por lo tanto el Juez o Magistrados lo consideren válidos son los siguientes: Que el proponente del informe tenga una relación personal, contractual o jurídica con la persona investigada.

Que el informe sea realizado por una Agencia de Detectives Privados con licencia oficial del Ministerio del Interior. La Agencia, MERCHÁN detectives Marbella, opera con licencia D.G.P 2576.

Relaciones entre el letrado, cliente y el detective privado. El letrado, que tiene como misión defender los derechos de su cliente, debe exigir al detective privado que le muestre la Tarjeta de Identidad Profesional de Detective Privado expedida por la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior. En un juicio o procedimiento judicial el abogado al que se le presente en contra un Detective Privado debe exigir a este profesional que muestre su Tarjeta de Identidad Profesional expedida por la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior, en caso contrario debe solicitar la anulación de la citada prueba testifical.

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